Alquilar en Villaviciosa de Odón, así aplican las inmobiliarias la nueva ley de vivienda (AUDIO)

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Villaviciosa de Odón

Con motivo de la nueva legislación vigente, Villaviciosadigital ha hablado con 10 inmobiliarias para conocer cuáles son las condiciones a la hora de cobrar las denominadas comisiones de agencia. 

La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda entró en vigor el pasado 26 de mayo y en ella fueron introducidas una serie de modificaciones sobre las condiciones de los arrendamientos, entre las cuales destaca la relativa a los gastos de inmobiliaria. En este sentido, la nueva norma prohíbe que los honorarios por intermediar en el alquiler de una vivienda recaigan sobre el propio inquilino, algo que era lo habitual. De esta forma, quienes se enfrenten a este tipo de contrato se liberan, en teoría, de uno de los gastos iniciales, siempre y cuando se trate de un uso para vivienda habitual.

Hasta el momento, el desembolso al firmar un contrato podía ascender a cuatro o cinco mensualidades con la suma de la fianza, el primer mes de alquiler, la comisión de inmobiliaria  e incluso algún mes de garantía adicional que se aplica en algunos casos.

Ahora, con esta normativa, los honorarios de las agencias deben correr a cargo del propietario del inmueble, aunque existen una serie de matices, ya que los alquileres turísticos o considerados temporales, quedan exentos y se acogen a lo regulado en la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Hasta el momento, el desembolso al firmar un contrato podía ascender a cuatro o cinco mensualidades

Es por todo ello que con la nueva entrada en vigor surge una cuestión inevitable a la hora de ponerse en contacto con una entidad y negociar un acuerdo de alquiler: ¿quién debe asumir los gastos de gestión inmobiliaria, el casero o el inquilino? Bajo esta premisa, y ante la problemática que existe en Villaviciosa de Odón con la falta de vivienda a precio asequible, este periódico se ha puesto en contacto con 10 agencias del municipio para conocer de primera mano la experiencia a la que se enfrentan tanto estudiantes, como familias y profesionales a la hora de encontrar un hogar en la localidad villaodonense.

Alquileres para estudiantes

Para meterse en la piel y en el punto de vista de un estudiante que busca vivienda en la localidad, y comprobar cómo están aplicando esta norma las inmobiliarias de la zona, el periódico se ha puesto en contacto con cinco agencias.

De la información recabada se extrae que todas ellas coinciden en un mismo punto: las comisiones se cobran al inquilino por tratarse de un alquiler temporal o considerado “vacacional”. Es decir, sin importar cuántos años resida este en el inmueble.

las comisiones se cobran al inquilino por tratarse de un alquiler temporal o considerado “vacacional”

Esto implica que los contratos de este tipo quedan exentos de la aplicación de la ley, tanto en el ámbito de cobro de comisiones, como en lo que se refiere a la regulación de precios. Esto se debe a que estos alquileres se consideran como «uso distinto al de vivienda» , ya que están celebrados por temporada, sea esta de verano o en el caso del estudiante, los meses de duración del curso académico.

En este sentido, la ya mencionada Ley de Arrendamientos Urbanos traslada que la relación contractual estará regida por la voluntad de las partes involucradas. En todos los casos con los que se ha encontrado este periódico, el intermediador estipula que es el alumno quien debe abonar los honorarios, firmando un contrato de un máximo de 11 meses, según lo han indicado algunos agentes inmobiliarios.

Alquileres para familias y profesionales 

Es difícil encontrar inmuebles dirigidos a estos colectivos en el municipio, ya que la gran mayoría están ofertados a estudiantes. Se ha establecido contacto con cinco agencias bajo el enfoque de un interés en alquilar una vivienda de carácter habitual por motivos profesionales. En todos los casos, las inmobiliarias hicieron hincapié en la temporalidad a la hora de tratar la cuestión de las comisiones, ya que la normativa establece que los gastos de formalización del contrato y los de gestión inmobiliaria serán a cargo del arrendador, en aquellos contratos destinados a cubrir una necesidad permanente del inquilino.

Esto se traduce en que la nueva ley determina en los casos en los que el inmueble se vaya a convertir en la residencia habitual del interesado, y define esta situación como «la vivienda que constituye el domicilio permanente de la persona que la ocupa y que puede acreditarse a través de los datos obrantes en el padrón municipal u otros medios válidos en derecho». Por este motivo se excluyen los estudiantes, tal y como se ha mencionado.

con el objetivo de cobrar al inquilino la comisión, apelan a que no debe tener otra residencia o que la duración debe ser superior a dos años

Teniendo esto en cuenta, las agencias contactadas, con el objetivo de cobrar al inquilino la comisión, apelan a que no debe tener otra residencia o que la duración debe ser superior a dos años. Por otra parte, se muestran menos receptivos a la hora de establecer un posible acuerdo de estas características, pero todos admiten la responsabilidad del propietario con el abono de los gastos de gestión en el caso de tratarse de un arrendamiento de vivienda habitual.

En el siguiente audio se pueden escuchar dos de las llamadas, con las dos vertientes expuestas, tanto la perspectiva del estudiante, al que no afecta la ley de vivienda, como la del profesional que busca una estancia de larga duración en la localidad.

 

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7 COMENTARIOS

  1. Villaviciosa ha expulsado a la mayoría de sus jóvenes. La universidad ha contribuido en grandisima manera a tener un mercado de vivienda especulativo y muy lucrativo para unos pocos, a costa de los jóvenes que no pueden comprar ni alquilar a precios acordes a los sueldos.

  2. No sé qué inmobiliarias serán las elecciones menciones pero yo puedo asegurar que una que empiza por A, directamente te dice que la comisión la debe pagar el inquilino, aunque sea para larga estancia y como residencia habitual porque la ley se ha suspendido por las elecciones del 23 de julio…

  3. A mí me ha pasado que, intentando alquilar, desde una inmobiliaria (cuyo nombre termina por R) me han dicho que la Ley de vivienda está suspendida por las elecciones y que, por tanto, los honorarios de agencia ha de pagarlos el inquilino. Esto para un alquiler de no estudiantes, con contrato de larga estancia y como residencia habitual

  4. Muchas de las inmobiliarias de este pueblo se creen que la ley no va con ellos y que es su República independiente….

  5. A mi y a mi marido una inmobiliaria nos cobraba 200 euros más al mes de op que ponía la oferta por no ser estudiantes sino trabajadores….
    Un abuso al que nadie pone coto

  6. Soy estudiante portugues. Comprendu que deban ganar dinero pero algunas de ellas han sobrepasado los límites de la usura y el engaño por un servisio que se limita a anuncio incompleto en portal gratuito

  7. Aquí os dejo dos anuncios de la misma casa con dos agencias diferentes, en la que si eres estudiante el precio son 1200€, pero si eres una pareja o familia el precio son 1500€. Al final sólo los estudiantes (sus padres) podrán permitirse alquilar en Villaviciosa y las familias tendremos que irnos fuera:
    https://www.fotocasa.es/es/alquiler/vivienda/villaviciosa-de-odon/calefaccion-jardin-terraza-amueblado/178391924/d?from=list
    https://www.fotocasa.es/es/alquiler/vivienda/villaviciosa-de-odon/calefaccion-amueblado/178370511/d?from=list

    BASTA YA

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