Desde este miércoles 22 de mayo es de aplicación el Reglamento de Ayuda a Domicilio que regula ese servicio.
Tras la aprobación por la Corporación municipal en sesión plenaria del 31 de enero de 2019 y publicado el pasado martes 21 de mayo en el Boletín de la Comunidad de Madrid ya es de obligado cumplimiento este reglamento cuyo objetivo el de regular el servicio de ayuda a domicilio que ya viene prestando el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón.
En esta norma que se puede consultar en este enlace se establecen los requisitos para acceder a la prestación del servicio; los criterios para la concesión; los derechos y deberes de los usuarios y las causas de extinción.
Desde el Consistorio han recordado que la prestación de ayuda a domicilio actúa tanto a nivel asistencial como a nivel rehabilitador y preventivo, procurando «un nivel de atenciones o cuidados personales, suficientes para proporcionar a sus beneficiarios la posibilidad de permanecer en su hogar y entorno social con la mejor calidad de vida y autonomía»; «potenciar la autonomía personal y la integración en el medio habitual de los beneficiarios de la prestación, estimulando la adquisición de competencias personales; «evitar o retardar en la medida de lo posible, internamientos o estancias en centros
residenciales y de día de aquellas personas que, a causa de dificultades de tipo físico,
psíquico o social no pueden continuar viviendo en su domicilio sin ayuda y
sin que represente un riesgo para ellos».
Prestación social básica
El Ayuntamiento ha recalcado que «el servicio de ayuda a domicilio (SAD) constituye una prestación social básica del sistema público de servicios sociales municipales, que ofrece un conjunto integrado, organizado y coordinado de acciones (asistenciales, sociales y preventivas) y servicios que son realizados principalmente en el domicilio de la persona usuaria».
Con él pretenden «atender necesidades básicas de la vida diaria y/o prevenir situaciones de crisis personal y familiar, incluyendo una serie de atenciones en el hogar, personal, social y rehabilitador, a los individuos que se hallen en situaciones de especial necesidad (situaciones de dependencia, falta de autonomía personal) para facilitar el desenvolvimiento y permanencia del beneficiario/a en su medio habitual».
Los interesados en conocer todos los detalles del reglamento, aparte de consultarlo en la página web del Consistorio, pueden dirigirse a la Concejalía de Servicios Sociales (calle Abrevadero, 11) Teléfono: 91 616 38 02.