Más de 9.500 madres menores de 30 años de la Comunidad de Madrid han solicitado la ayuda mensual de 500 euros

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Comunidad de MadridEl número de solicitudes ha sido de 9.593, de las que la Comunidad de Madrid ha concedido 5.464.

Además, el Gobierno regional ha aprobado flexibilizar algunos de los requisitos para acceder a la ayuda.

Desde el 1 de enero cuando comenzó el periodo para acceder a la ayuda de 500 euros para madres menores de 30 años, y hasta el pasado 14 de diciembre el número de solicitudes ha sido de 9.593, una media de 28 al día. Según datos del Gobierno regional, 2.004 están pendientes de resolución (unos tres meses de tramitación) o a la espera de que se complete la documentación requerida. El resto no cumplían las condiciones establecidas en la convocatoria y han sido denegadas.

Esta subvención pueden llegar a los 14.500 euros por hijo o menor adoptado, y es compatible con el desarrollo de cualquier actividad laboral remunerada por cuenta propia o ajena, aunque el beneficiario no podrá superar los 30.000 euros anuales de renta en tributación individual o los 36.200 en conjunta para toda la unidad familiar. También es compatible con las ayudas a la maternidad que puedan ofrecer otras administraciones.

Pueden solicitarla las mujeres que estén en la semana 21 de gestación o siguientes, así como las madres que hayan tenido un hijo o las personas que hayan adoptado a un menor a partir del 1 de enero de este año, siempre con el límite de edad de 30 años.

La cantidad se incrementa en la misma cuantía por cada niño adicional cuando se trate de gestaciones, nacimientos o adopciones múltiples. El pago se prolonga hasta el último día del mes en el que el menor cumpla los dos años salvo en el caso de las adopciones, en las que el abono de las 24 mensualidades no tiene en cuenta la edad del menor, sino que comenzará con la inscripción de la adopción en el Registro Civil.

Está incluida en la Estrategia de protección a la maternidad y paternidad y de fomento de la natalidad y la conciliación 2022-2026 que comenzó el pasado mes de enero, tal y como contó Villaviciosadigital en esta noticia.

Empadronamiento

Asimismo, la Comunidad de Madrid ha flexibilizado algunos de los requisitos a través de una medida aprobada en el Consejo de Gobierno el pasado 21 de diciembre, que incluye cambios en el requisito de empadronamiento. Hasta ahora, las solicitantes debían acreditar que residían en algún municipio de la región de manera ininterrumpida durante los cinco años anteriores a la fecha de presentación de la instancia. Ahora bastará con que haya estado empadronada durante cinco años no consecutivos dentro de los últimos diez.

 

 

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