El Gobierno regional está desarrollando una campaña extraordinaria dirigida a la inspección y control del transporte escolar en la que inspeccionará unos 500 vehículos.
Esta acción se enmarca en el Plan de Inspección de Transportes, que en lo que va de curso ya ha permitido realizar 81 controles en campañas ordinarias y extraordinarias, con un balance de 1.046 vehículos inspeccionados.
La Consejera de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, Rosalía Gonzalo, ha destacado que “este año se han intensificado las actuaciones encaminadas al control del transporte de escolares y menores discapacitados, cuyo objetivo es garantizar que las empresas que realizan este servicio cumplen con todos los requisitos exigidos para garantizar la calidad del servicio y la seguridad de los alumnos en sus trayectos diarios.”
El Gobierno regional, a través de la Dirección General de Transportes, ha autorizado este curso académico 845 rutas de transporte escolar correspondientes a 244 centros educativos de la región. Las empresas de transporte necesitan una autorización especial de la Comunidad de Madrid, y la normativa distingue entre las dirigidas a escolares menores de 16 años y a estudiantes que superen esa edad.
Además de las autorizaciones requeridas, las empresas deben habilitar a sus vehículos para realizar este tipo de transporte; hasta el momento se han tramitado 3.453 habilitaciones.
En la actualidad, la normativa exige que los conductores que cubren estas rutas viajen acompañados de al menos otro adulto en los casos de centros de educación especial, y también en los restantes servicios si se ha acordado entre el transportista y el centro escolar. Este acompañante debe conocer las normas de seguridad que se deben observar durante el trayecto y también en caso de accidente, y debe contar con la acreditación necesaria para realizar esta labor.
Además, las rutas de este tipo de transporte deben configurarse de forma que no excedan una hora de duración por cada sentido del viaje.
Por otro lado, los centros deben exigir al transportista que justifique que es titular de la correspondiente autorización para realizar este servicio, estar en posesión de la tarjeta ITV que acredite que el vehículo es adecuado para el mismo y tener suscritos el seguro obligatorio y el de responsabilidad civil.