La Comunidad de Madrid reforzará las sanciones a empresas que no cumplan los laudos en consumo

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Convenio hojas de reclamaciones

La Comunidad de Madrid ha reforzado la mediación y el arbitraje de Consumo al tipificar como nuevas infracciones el incumplimiento empresarial de los laudos arbitrales y de los incumplimientos asumidos en la resolución amistosa de los conflictos, según se recoge en la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas para 2015.

Se han incrementado las resoluciones de arbitraje un 22,4 por ciento.

Se incluyen como infracciones en el artículo 51 de la Ley de Protección a los Consumidores de la Comunidad  “el incumplimiento de los compromisos asumidos por la empresa como resultado de la mediación efectuada en el marco de las actuaciones administrativas de esta ley”, así como “el incumplimiento de lo dispuesto en los laudos dictados en el marco del procedimiento establecido en el Sistema Arbitral de Consumo”.

En el primer caso, se introduce una herramienta que tiene como objetivo hacer cumplir a las empresas los compromisos que asuman con los consumidores en el trámite de mediación de sus reclamaciones. En el segundo caso, las que incumplen el laudo, además de ser excluidas del sistema arbitral de consumo, pueden ser sancionadas. De este modo, el nuevo tipo infractor consolida la protección de los consumidores y respalda a las empresas cumplidoras. Las infracciones serán sancionadas según la legislación vigente en materia de consumo.

La Comunidad resolvió hasta el mes de noviembre un total de 3.807 solicitudes de arbitraje, un 22,4 por ciento más que en el mismo periodo del año anterior, la mayor parte en la fase de mediación previa (52 %) y el resto mediante laudo (48%).

En el procedimiento de arbitraje, el ciudadano que plantea una reclamación contra una empresa a través del sistema arbitral de consumo, debe cumplimentar, firmar y presentar la solicitud de arbitraje ante la Junta Arbitral Regional, que intenta una mediación previa. En el caso de no alcanzarse una solución consensuada, el asunto se somete a la decisión de un órgano arbitral, que emitirá un laudo de obligado cumplimiento para empresario y consumidor, con el mismo valor que una sentencia judicial.

El Gobierno regional tiene suscritos convenios con grandes empresas de suministro energético como Iberdrola, Gas Natural-Fenosa, Galp y Endesa gracias a los que estas compañías deben pronunciarse sobre la solicitud de mediación del cliente en un plazo inferior a 15 días, debiendo justificar la causa en caso de que resulte negativa. Además, ha impulsado la mediación en el sector de la telefonía gracias al acuerdo con Telefónica España para la tramitación de reclamaciones y solicitudes de arbitraje que acorta los plazos de resolución.

 

Redacción

 

 

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