La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso ha resuelto mantener la medida cautelar de suspensión en respuesta a un recurso de reposición presentado por la Comunidad de Madrid y las empresas adjudicatarias contra el auto de paralización del proceso que dictó la misma Sección Tercera en abril de 2013.
Los magistrados que integran la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la región han declarado la suspensión del proceso de externalización sanitaria, en otros dos recursos contenciosos, en esta ocasión a solicitud de la asociación médica AMYTS. Consideran hay que «proceder con cautela para evitarle los graves e irreparables daños que se producirían en caso de que la resolución administrativa se ejecutara y después tuviera que anularse».
Además los magistrados descartan que esta decisión suponga «un desapoderamiento al Gobierno de la Comunidad de Madrid de su competencia para aplicar en su ámbito territorial su político sanitaria y de implementar en unos concretos centros hospitalarios un determinado modelo de gestión».
«La no adopción de la medida solicitada haría que el recurso pudiera perder su finalidad, creándose situaciones jurídicas irreversibles haciendo ineficaz la sentencia que se dicte e imposibilitando el cumplimiento de la misma en sus propios términos», sostiene la resolución.
Así las cosas, la Sala apunta que «procede acceder a la medida cautelar de suspensión, lo que tan solo supone mantener la situación existente hasta la fecha y que la prestación sanitaria se siga prestando provisionalmente en la misma forma en la que se hace».
Redacción