El Supremo condena a tres años de cárcel al presidente del fallido hospital oncológico de Villaviciosa

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Hospital Oncológico de Villaviciosa de Odon

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a tres años de cárcel y 36.000 euros de multa por delito de apropiación indebida a Francisco Javier Santos Gugel, quien fue presidente del centro oncológico (CITO S.A.) en Villaviciosa de Odón por apropiación indebida.

Además, se le condena a devolver 176.000 euros a la sociedad gestora, y se le absuelve de los delitos de estafa e insolvencia punible. 

Según la sentencia a la que ha tenido acceso Villaviciosadigital, el Tribunal Supremo ha condenado a tres años al que fuera presidente del CITO, Francisco Javier Santos Gugel, por un delito de apropiación indebida y «la accesoria inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el cumplimiento de la pena y al pago de una sexta parte de las cosas causadas en la instancia.

Asimismo, le condenan a que reintegre a la masa de CITO S.A. la cantidad de 176.000 euros, cuya obligación será tenida por extinguida si ya lo hubiera sido en virtud de sentencia mercantil. De dicha cantidad responderá «solidariamente su esposa a titulo de participe lucrativo y al entidad Correspondencia y Clasificación SL con carácter subsidiario para el caso de insolvencia de acusado y esposa».

El Supremo le absuelve de los delitos de estafa e insolvencia punible, que eran otros tipos por los que se había condenado a Santos Gugel.

El Juzgado de Instrucción nº 2 de Móstoles instruyó Procedimiento Abreviado en 2008, contra él y Enrique Enrech Artal, por delitos de estafa, apropiación indebida e insolvencia punible.

Una vez concluido, lo remitió a la Audiencia Provincial de Madrid, que con fecha 26 de diciembre de 2013, dictó sentencia condenatoria contra Santos Gugel como autor de los delitos de estafa (art. 251.2 del Código Penal), apropiación indebida (arts. 252 y 250.1.6) e insolvencia punible (art. 260). Le fue aplicable el art. 77 del Código Penal, con una pena de cuatro años de prisión, multa de ocho meses a razón de una cuota diaria de ciento cincuenta euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de administración de sociedades mercantiles a título de administrador o apoderado durante el tiempo de condena, así como al pago de la mitad de las costas causadas por este proceso.

Además, el fallo determinó que indemnizaría a CITO S.A. con la suma de 176.000 € y su esposa María Luisa Muñoz Madero, cuya responsabilidad se ha declarado como partícipe a título lucrativo, con 173.000 €, en este caso solidariamente con su marido. Absolvió al otro acusado, Enrique Enrech Artal, de todos los cargos.

Santos Gugel interpuso ante esa sentencia de la Audiencia Provincial recurso de casación al Supremo por por infracción de ley y quebrantamiento de forma. El Alto Tribunal ha aceptado parcialmente ese recurso por lo que ha casado y anulado parcialmente la resolución de la Audiencia Provincial y la ha sustituido por la sentencia dada a conocer hoy.

 

Redacción

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2 Comentarios

  1. De lo que tienen que preocuparse ahora realmente, después de la sentencia es en tirar semejante esperpento urbanístico, y no hacer como el tristemente famoso matadero, que lleva más de 20 años levantado y ahí sigue.
    Menudos dos edificios. Mientras alguien se lo habrá llevado crudo, el pueblo tiene que soportar sendos «paisajes».

  2. […] La ambiciosa idea  -financiada a través de capital privado- suponía una inversión de 60 millones de euros y contaba con el visto bueno de las instituciones, que no podían dejar pasar tal oportunidad. Sin embargo, los problemas en la financiación y las discusiones entre los accionistas provocaron la paralización de las obras, a pesar de que el edificio estaba bastante avanzado. Con la obra parada, comenzó un largo y tedioso proceso judicial que ha supuesto la condena por parte del Tribunal Supremo a tres años de cárcel y 36.000 euros de multa al presidente de CITO, Francisco Javier Santos Gugel, por delito de apropiación indebida, tal y como señala la prensa local. […]

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