El presunto asesino de su mujer en Villaviciosa de Odón podría ser castigado con 25 años de cárcel

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Así lo recogió el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Móstoles, quien en un auto del 1 de septiembre de 2016 decretó además la apertura de juicio oral ante un tribunal del jurado.

El varón que presuntamente asesinó a su mujer en mayo de 2015 será juzgado por un tribunal del jurado, acusado por un presunto delito de asesinato alevoso con ensañamiento, recogido en los artículos 139. 1 y 3 y en el 140 de Código Penal. En la resolución el juzgado declara la apertura del juicio oral, que tendrá que señalar próximamente la Audiencia Provincial de Madrid. En este caso la condena podría ser de hasta 25 años de prisión, tal y como se recoge en un auto al que ha tenido acceso Villaviciosadigital.

Los hechos por los que se va a juzgar al acusado fueron, posiblemente, los más graves en cuanto a violencia de género ocurridos en Villaviciosa de Odón. Tuvieron lugar el 15 de mayo de 2015 cuando el hombre de 43 años, que se encuentra desde entonces en prisión provisional comunicada sin fianza, «de forma sorpresiva» acuchilló presuntamente a su mujer entre las 00.00 y las 01.00 horas en el domicilio conyugal, cuando esta se encontraba dormida en el dormitorio.

«Con el claro propósito de aumentar su sufrimiento le causó múltiples puñaladas» mientra se encontraba viva, aunque fueron las que recibió en el corazón las que le causaron la muerte de forma «casi inmediata». A continuación el acusado despertó a su hijo de 10 años y le llevó a la habitación del matrimonio donde la madre se hallaba muerta y le dijo que ella «se había hecho daño con el cuchillo». Posteriormente, depositó el arma en una estantería de la habitación del menor.

El hombre tardó más de dos horas y media en llamar al 112, algo que hizo a las 03.43 horas, comunicando que su mujer «se había vuelto medio loca y se había empezado a dar puñaladas por todo el cuerpo».

En el auto de 1 de septiembre se menciona que el acusado padece trastorno bipolar, pero apunta a que no había constancia de que en el momento de los hechos «padeciera brote alguno» que le impidiera conocer el alcance de los hechos.

Hay que indicar que tanto el fiscal como la acusación particular coincidieron en el tipo de delito, si bien, la segunda solicitó además que se juzgue al acusado también por el daño causado al menor, por otro de lesiones (art. 147.1 CP) en relación con el 148.1  a 3 y 5, o subsidiariamente por uno de malos tratos psicológicos del 153. Esta petición fue denegada por el juzgado en un auto del 14 de marzo de 2016, aunque ya en el emitido el 1 de febrero de 2016 rechazaba las diligencias solicitadas para que un psicólogo explorase al menor y determinase el alcance de las lesiones y secuelas, dado que «la comisiva criminal» no fue «directamente dirigida contra él.

 

IRC (@IsraelRCanora)

 

 

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