El juzgado de Móstoles descarta que cinco ediles de Villaviciosa de Odón cometieran delito de falsedad documental en las bodas que oficiaron

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El Juzgado de Instrucción número 3 ha decretado el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones contra María Mercedes Castañeda Abad (PSOE); José Joaquín Navarro Calero (PP), Miguel Ángel Sáinz Santos (Ciudadanos), María Ángeles Méndez Díaz (PP) y David Prieto Giraldes (PP).

El auto al que ha tenido acceso Villaviciosadigital es de 20 de noviembre y la jueza que lo firma ha declarado el sobreseimiento provisional de la causa contra esos concejales que oficiaron bodas civiles en desde 2016 en la finca ‘El Monje’ o ‘La Alabada’, propiedad de ‘Pescaderías Coruñesas S.L’ y que carecía de licencia de actividad.

La resolución no considera que en el proceder de los ediles hubiese delito de falsedad documental ya que, en base a la doctrina del Tribunal Supremo, la finalidad perseguida es «inocua» y carece de toda «potencialidad lesiva».

La Fiscalía de Móstoles, a instancias de una denuncia de VOX Villa, les imputaba ese delito porque en las actas matrimoniales que celebraron en la finca ‘El Monje’ figuraba como lugar de celebración el salón de plenos del Ayuntamiento o la casa-palacio Manuel Godoy. Sin embargo, el juzgado, apoyándose también en las declaraciones judiciales que realizaron los concejales, así como la del secretario del Consistorio, Manuel Paz, afirma que «si bien es cierto que el lugar que se indica no es donde efectivamente se celebraron los matrimonios pues en realidad tenían lugar en la referida finca, ello es así por motivos estríctamente administrativos y de tasas, pues al parecer no se trata de un lugar habilitado por el Ayuntamiento».

La jueza apunta a que es «una irregularidad cuya trascendencia jurídica debe depurarse en otros ámbitos distintos de este procedimiento penal, debiendo descartarse la existencia de un delito de falsedad en documento público pues el mismo no afecta a ninguno de los elementos esenciales». El auto continúa afirmando que las actas matrimoniales son «verdaderas» y de bodas «realmente celebrados entre las personas que figuran en la misma y oficiados por autoridad competente para ello, estabdo debidamente inscritos en el Registro Civil y con plenos efectos legales».

Para la emisión de este auto la jueza ha indicado que han sido suficientes esas declaraciones de los ediles y el secretario y no ha estimado oportuno realizar las testificales que solicitó el Ministerio Fiscal que pretendía que se escuchase al jefe de Gabinete de Alcaldía y a la secretaria de Alcaldía, responsables de la tramitación de los expedientes.

El auto es susceptible de recurso de reforma y subsidiario de apelación en los tres días siguientes a la notificación, o bien de apelación directo en los cinco días siguientes a la última notificación.

Asimismo, por el momento no hay novedades en relación a la situación procesal del alcalde de Villaviciosa de Odón, José Jover (PP), al que también denunció la Fiscalía de Móstoles y  que está siendo investigado por ese juzgado por presuntos delitos de prevaricación, contra la ordenación del territorio, desobediencia grave a la autoridad y falsedad en documento público.

IARC

 

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