Agentes pertenecientes al subsector Madrid Sur de la agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, detuvieron ayer a una persona que circulaba a 297 Km/h. El conductor, que tiene una sola pierna, había perdido la vigencia del permiso de conducción hasta el mes de abril y carecía de seguro obligatorio en vigor.
El juez le ha impuesto una condena de 3.600 euros de multa, 12 meses de retirada del permiso de conducir y las costas.
Los hechos ocurrieron en el kilómetro cuatro en sentido Madrid de la R-4, cuando los agentes detectaron un vehículo de alta gama que circulaba a gran velocidad.
Por estos motivos procedieron a darle el alto, observando que el conductor sufría una discapacidad física e iba conduciendo el vehículo automático con una sola pierna, hasta tal punto que hubo que requerir de una silla de ruedas para que se pudiera desplazar.
Por estos motivos fue detenido el conductor, un español de 36 años, a quien se le imputan un delito contra la seguridad vial que el Código Penal establece que no se puede superar en 80 Km/h., en vía interurbana la velocidad permitida reglamentariamente, así como otro por la pérdida de vigencia del permiso de conducción, ya que lo tenía retirado hasta el mes de abril. Además el vehículo carecía de seguro obligatorio en vigor.
Las personas que sufran alguna discapacidad física similar a la del encartado pueden conducir cualquier vehículo adaptado, siempre y cuando no superen los 100 km/hora.
Juicio rápido
El magistrado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Valdemoro (Madrid), en funciones de guardia, ha condenado al conductor a 3.600 euros de multa, 12 meses de retirada del permiso de conducir y las costas.
Tal y como establece la ley, cuando el infractor ha sido puesto a disposición del juzgado esta misma mañana, el magistrado ha incoado diligencias urgentes que se han tramitado por el procedimiento de Juicio Rápido. En el transcurso de dicho juicio el interesado se ha conformado con la petición del representante del Ministerio Público, quien le ha atribuido un delito contra la seguridad vial, del artículo 379.1 del Código Penal y otro delito contra la seguridad vial por conducir sin permiso, del 384.1 del C. P..
Esa es solo la la pena por ir a 300??? Ese individuo se merece carcel si o si, es un homicida voluntario coño!!!, una cosa es ir a 180, que ya me parece una burrada, pero a todo lo que da la moto??? Que mierda de sistema judicial tenemos cojones, y luego pillan a una madre comprando comida para su hijo con una Visa robada y le cascan 4 años de trena….